CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA EMBAJADORAS EFC
ELENA FRANCESCA CAVAZZA
Última actualización: 11 de octubre de 2026
Las presentes condiciones regulan la participación en el Programa Embajadoras ELENA FRANCESCA CAVAZZA (EFC), operado por Elena Francesca Cavazza, quien desarrolla actividades comerciales bajo la identidad Cavazza Beauty Lab en Aguascalientes, México.
1. OBJETO DEL PROGRAMA
El Programa Embajadoras EFC permite a las participantes autorizadas promocionar productos cosméticos de la marca mediante enlaces de referencia, cupones y tiendas digitales personalizadas, así como obtener comisiones por ventas elegibles.
Las Embajadoras también podrán adquirir productos participantes con descuento para uso personal o reventa independiente.
2. REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
Para ingresar al Programa Embajadoras EFC, la solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años.
- Residir u operar dentro de la República Mexicana.
- Adquirir uno de los kits de inicio autorizados por EFC.
- Completar el formulario de inscripción y aceptar las presentes condiciones.
- Presentar la documentación de identificación solicitada.
- Contar obligatoriamente con Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Proporcionar una Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal para verificar sus datos.
- Recibir la aprobación expresa de EFC.
Las personas que no cuenten con RFC no podrán completar su inscripción ni ser activadas como Embajadoras. Deberán obtenerlo antes de solicitar su incorporación.
La adquisición del kit de inicio no representa una aprobación automática. Una vez confirmado el pago y recibido el expediente completo, EFC procurará revisar la solicitud en un plazo de hasta 48 horas hábiles.
3. COMISIÓN POR VENTAS DIRECTAS
Las Embajadoras activas podrán obtener una comisión del 20% sobre las ventas netas elegibles de productos cosméticos EFC realizadas por clientes a través de sus enlaces, cupones o tiendas digitales personalizadas.
Las comisiones se calcularán sobre el valor de los productos elegibles efectivamente pagados, después de los descuentos aplicables, sin incluir IVA ni gastos de envío.
Las compras posteriores de un mismo cliente podrán generar comisión cuando sean atribuidas correctamente a la Embajadora mediante el sistema.
4. COMISIONES POR RED DE EMBAJADORAS
El programa contempla una estructura de patrocinio de hasta tres niveles adicionales, con las siguientes comisiones:
- Nivel 1: 5% sobre las ventas netas elegibles.
- Nivel 2: 3% sobre las ventas netas elegibles.
- Nivel 3: 2% sobre las ventas netas elegibles.
Estas comisiones se generan únicamente por ventas reales de productos elegibles atribuidas correctamente a la red.
No se pagan comisiones por el simple registro, incorporación o reclutamiento de nuevas Embajadoras.
La asignación de comisiones dependerá de la estructura de patrocinio registrada, la actividad de las participantes y la validación de las operaciones por EFC.
5. DESCUENTO PARA COMPRAS PERSONALES
Las Embajadoras activas podrán adquirir productos cosméticos EFC elegibles con un 20% de descuento para uso personal o reventa independiente.
Este beneficio constituye un descuento comercial y es distinto de las comisiones por ventas a clientes.
Las compras personales efectuadas con descuento de Embajadora no generarán comisiones de autofiliación ni comisiones de red, salvo modificación expresa de las condiciones comunicada por EFC.
6. PRODUCTOS EXCLUIDOS
Salvo autorización expresa de EFC, no participan en las comisiones ni en los descuentos del programa:
- Kits de inicio.
- Camillas y mobiliario para spa.
- Maquinaria y equipos de la industria cosmética.
- Tecnología y accesorios profesionales excluidos.
- Cursos, servicios y productos digitales.
- Productos de terceros y cualquier artículo expresamente excluido por EFC.
7. SEGUIMIENTO DE REFERENCIAS
Las ventas se atribuyen mediante los enlaces, cupones y herramientas de seguimiento proporcionados por EFC.
El plazo previsto de seguimiento mediante cookies es de 30 días, sujeto a la configuración real del sistema y a las restricciones de privacidad del navegador.
La comisión dependerá de que la operación pueda ser identificada y validada correctamente. No se permite alterar, manipular o interferir fraudulentamente con las referencias de otras Embajadoras.
8. PAGO DE COMISIONES
Las comisiones aprobadas se liquidarán mediante dos cortes mensuales:
- Primer corte: del día 1 al 15 de cada mes.
- Segundo corte: del día 16 al último día del mes.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria en pesos mexicanos (MXN) a una cuenta proporcionada por la Embajadora, una vez concluidas las verificaciones administrativas y fiscales correspondientes.
Se establece, sujeto a confirmación operativa, un mínimo de pago de $100 MXN. Los saldos inferiores se acumularán para liquidaciones posteriores y no se perderán por el solo hecho de no alcanzar dicho importe.
Las comisiones podrán permanecer pendientes durante un periodo de validación de hasta 30 días desde la venta. Las operaciones canceladas, devueltas, reembolsadas o sujetas a contracargos no generarán comisiones definitivas.
EFC podrá efectuar ajustes justificados durante un periodo de revisión de hasta 180 días cuando existan errores, devoluciones, contracargos, fraude o incumplimientos. Si una comisión ya pagada corresponde a una venta posteriormente revertida, podrá ajustarse en una liquidación futura.
Los cortes quincenales no implican el pago anticipado de comisiones que aún se encuentren pendientes de aprobación.
9. DOCUMENTACIÓN FISCAL Y FACTURACIÓN
El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es obligatorio para participar en el Programa Embajadoras EFC.
La solicitante deberá proporcionar su RFC y presentar una Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal para verificar sus datos fiscales.
Las personas que no cuenten con RFC deberán obtenerlo antes de iniciar su inscripción.
Para recibir comisiones, las Embajadoras deberán mantener actualizada su información fiscal y bancaria y cumplir con los requisitos de comprobación que correspondan conforme a la legislación mexicana.
Cuando un cliente no solicite una factura nominativa y proceda conforme a las disposiciones fiscales vigentes, las ventas de productos podrán documentarse mediante facturación al público en general, utilizando el RFC genérico autorizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La facturación al público en general de las ventas de productos no sustituye las obligaciones fiscales relacionadas con el pago de comisiones a las Embajadoras.
Cada participante será responsable de cumplir las obligaciones fiscales que legalmente le correspondan.
10. PERMANENCIA Y ACTIVIDAD
El Programa Embajadoras EFC no exige compras mensuales ni establece cuotas anuales de renovación.
Para conservar la condición de Embajadora activa será necesario realizar al menos una compra personal pagada de productos EFC elegibles durante cada periodo consecutivo de cuatro meses.
Las ventas realizadas por clientes mediante la tienda digital o el cupón de la Embajadora no sustituyen este requisito de actividad personal.
En caso de inactividad, EFC notificará a la participante con 30 días naturales de anticipación a una eventual baja ordinaria, para que pueda regularizar su situación.
Si se confirma la baja, EFC podrá reorganizar manualmente la estructura de patrocinio, reasignando a las Embajadoras de niveles inferiores según corresponda, respetando las comisiones previamente devengadas.
11. USO DE MARCA E IDENTIDAD COMERCIAL
Las Embajadoras podrán utilizar el nombre, logotipo, fotografías y materiales promocionales oficiales de ELENA FRANCESCA CAVAZZA exclusivamente para promocionar los productos autorizados durante su participación activa.
No podrán modificar indebidamente la identidad visual, registrar dominios o perfiles que aparenten ser oficiales, utilizar la marca para productos de terceros ni realizar publicidad en nombre de EFC sin autorización.
Al finalizar su participación deberán suspender el uso comercial de los materiales e identidad de la marca.
12. PUBLICIDAD Y PRÁCTICAS PROHIBIDAS
Las Embajadoras deberán promocionar los productos de manera responsable, veraz y conforme a las disposiciones aplicables en México.
Queda prohibido:
- Enviar publicidad comercial masiva no solicitada.
- Realizar afirmaciones falsas o engañosas sobre los productos.
- Atribuir propiedades médicas no autorizadas a los cosméticos.
- Prometer ingresos o ganancias garantizadas.
- Crear perfiles o cuentas falsas.
- Simular compras o manipular comisiones.
- Utilizar indebidamente información personal de clientes.
- Presentar productos de otras marcas como productos EFC.
Las Embajadoras podrán comercializar productos de terceros, siempre que respeten los derechos de propiedad intelectual y las obligaciones asumidas con EFC.
13. PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
EFC y las Embajadoras deberán cumplir las disposiciones mexicanas aplicables en materia de protección de datos personales.
Los datos de clientes obtenidos durante la participación en el programa no podrán utilizarse para finalidades no autorizadas ni compartirse indebidamente con terceros.
14. RELACIÓN COMERCIAL INDEPENDIENTE
Las Embajadoras participan en el programa de manera independiente. Su incorporación no implica, por sí sola, una relación laboral, sociedad, franquicia o representación legal de EFC.
Las Embajadoras no podrán contraer obligaciones, ofrecer garantías ni asumir compromisos en nombre de EFC sin autorización expresa.
EFC gestionará directamente los pedidos realizados mediante la tienda digital oficial. Las Embajadoras que adquieran inventario para reventa serán responsables de sus propias operaciones comerciales.
15. AUSENCIA DE GARANTÍA DE INGRESOS
La participación en el programa, la adquisición de un kit de inicio o el registro de nuevas participantes no garantiza ingresos, utilidades ni resultados económicos específicos.
Las ganancias dependerán de las ventas reales de productos elegibles, las condiciones del mercado y el cumplimiento de las presentes condiciones.
16. SUSPENSIÓN Y BAJA
La Embajadora podrá solicitar su baja mediante comunicación escrita dirigida a EFC.
Para la terminación ordinaria iniciada por EFC se procurará proporcionar un aviso previo de 30 días naturales.
En casos de fraude, uso indebido de la marca o incumplimiento grave, EFC podrá suspender preventivamente la participación mientras revisa los hechos y comunica la resolución correspondiente.
Las comisiones válidamente devengadas antes de la baja conservarán su condición de saldo pendiente de liquidación, sujetas a las verificaciones y requisitos fiscales aplicables.
La baja no supone la pérdida automática de comisiones por el solo hecho de encontrarse por debajo del mínimo de pago.
17. PROPIEDAD INTELECTUAL Y MODIFICACIONES
Las marcas, diseños, fotografías, documentos y demás materiales de EFC pertenecen a sus respectivos titulares.
La autorización para utilizar dichos materiales es limitada, revocable, no exclusiva e intransferible.
EFC podrá actualizar estas condiciones mediante comunicación a las participantes y publicación de la versión vigente.
Las modificaciones tendrán efecto prospectivo y no eliminarán retroactivamente comisiones válidamente devengadas.
18. CONTACTO
Para cualquier aclaración relacionada con el Programa Embajadoras EFC, las participantes podrán comunicarse al correo:
Documento sujeto a revisión jurídica y fiscal antes de su publicación definitiva. Los porcentajes, importes y plazos deberán corresponder a la configuración efectiva del programa.

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